INDDHH pide frenar prospección sísmica offshore en Uruguay
La Institución Nacional de Derechos Humanos argumenta daños ambientales irreversibles y contradicción con la crisis climática.La Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) presentó un recurso de amparo ante la justicia para exigir el cese inmediato de las actividades de prospección sísmica offshore en busca de petróleo en el mar uruguayo. El documento, presentado ayer por Nils Helander Capalbo, apoderado de la institución, argumenta que estas operaciones representan una “manifiesta ilegitimidad” y vulneran derechos humanos fundamentales, especialmente el derecho a un ambiente sano.
El escrito señala que “la actividad petrolera, incluyendo etapas de exploración y explotación, daña la vida de especies marinas protegidas, los ecosistemas acuáticos, el océano y su biodiversidad”.
Agrega que existe “daño cierto” y que, en el caso uruguayo, las propias empresas adjudicatarias reconocen en sus informes ambientales “impactos altos” derivados de la prospección sísmica. Además, señala que “la actividad petrolera es la principal responsable de la crisis climática actual” y que, por lo tanto, “no se deben abrir nuevas fronteras de explotación de hidrocarburos, sino, por el contrario, se debe reducir drásticamente nuestra dependencia de los combustibles fósiles y hacer la transición a energías limpias”. La INDDHH sostiene que continuar con estas prospecciones sería incompatible con compromisos internacionales como el Acuerdo de París (2015) sobre recorte de emisiones de gases de efecto invernadero.
Mariana Mota, presidenta de la INDDHH, dijo a la prensa que “es un recurso donde se pretende que se suspendan esas prospecciones en base a una amplia información que se aporta en el recurso referente a los daños o al impacto ambiental que efectivamente tienen estas actividades. Impacto que no es negado por nadie, porque es evidente y porque además las empresas lo reconocen”.
Sobre las medidas de mitigación propuestas por las compañías agregó que estas “plantean formas de mitigación de los daños, que fueron consideradas insuficientes. La mitigación no quiere decir que el daño no exista sino que el daño se va a dar efectivamente y el punto es cuál es el costo de esa actividad”.
Las prospecciones forman parte de contratos firmados entre ANCAP (la empresa estatal uruguaya) y compañías internacionales entre 2022 y 2024, tras la Ronda Uruguay Abierta. Se adjudicaron siete bloques en la Zona Económica Exclusiva (ZEE) del Atlántico uruguayo. Las empresas con contratos vigentes incluyen Chevron (en OFF-1, con participación en farm-in), APA Corporation (bloque OFF-6, con planes de perforación exploratoria entre 2026-2027), YPF (OFF-5, con ingreso de ENI), Shell (en consorcio), Challenger Energy Group (OFF-1 y OFF-3) y otras como BG International o CEG Uruguay.
Para la fase actual de prospección sísmica 3D que genera datos geológicos para evaluar perforaciones futuras, el Ministerio de Ambiente autorizó en diciembre de 2025 a cuatro empresas especializadas. Se trata de Searcher Geodata, CGG Services (ahora Viridien), APA Exploration y PGS Exploration. Estas operan en áreas específicas de los bloques 1 y 4, con limitaciones temporales haciendolo entre noviembre y abril. El buque BGP Prospector ya arribó al país para iniciar campañas de prospección.
Reacción de la Asamblea Mar Libre de Petroleras
Ayer, la Asamblea Mar Libre de Petroleras Uruguay y Socobioma emitieron un comunicado reaccionando a una sentencia judicial previa de noviembre de 2025. El Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 8º Turno a cargo del Dr. Federico Tobia se declaró incompetente en una medida cautelar presentada por estos colectivos, argumentando que el tema debe ventilarse en la jurisdicción contencioso-administrativa.
El comunicado critica que la decisión “no ingresó al análisis del fondo de la pretensión” y no evaluó la ilicitud de los contratos ni su compatibilidad con el artículo 47 de la Constitución sobre protección ambiental, la Ley 17.283 ni la Ley 19.128, ni el principio precautorio. Afirman que promoverán la nulidad absoluta de los contratos por “causa y objeto ilícitos”, ya que no se trata de impugnar actos administrativos que es competencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, sino contratos bilaterales con jurisdicción civil ordinaria.
Anuncian que van a apelar y evaluan otras vías para lograr “tutela judicial efectiva”. A su vez reafirman que “el fondo del asunto continúa sin ser analizado” y su compromiso con la protección ambiental y el acceso a la justicia.
