El TCA desestimó la demanda de Edgardo Ortuño contra la resolución de OSE que aprobó el proyecto Neptuno
El fallo confirma la legalidad del procedimiento que habilitó el llamado a licitación internacional para una nueva planta potabilizadora de agua.El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) rechazó por unanimidad la demanda presentada por el exdirector de OSE, Edgardo Ortuño, quien había impugnado la Resolución N° 1144/2022 del Directorio del organismo que aprobó los estudios de factibilidad del proyecto Neptuno y habilitó el llamado a una licitación pública internacional.
El ahora ministro de Ambiente, Edgardo Ortuño, quien integraba el Directorio en representación del Frente Amplio desde 2020, promovió una acción interna alegando que la resolución fue adoptada de forma antirreglamentaria. En su planteo sostuvo que la sesión en la que se aprobó la iniciativa fue convocada con apenas 24 horas de antelación y bajo el carácter de "grave y urgente", lo cual, a su juicio, limitó el tiempo necesario para el análisis responsable del proyecto. Además, denunció omisiones técnicas y posibles inconstitucionalidades.
En su respuesta, la defensa de OSE –representada por su presidente Raúl Montero y su vicepresidenta Susana Montaner– sostuvo que la actuación del Directorio fue legítima, que el proceso de evaluación del proyecto llevó más de un año y medio, y que la convocatoria extraordinaria se ajustó al Reglamento Interno de la institución. También alegaron que Ortuño no había planteado en su momento la solicitud formal para someter el diferendo ante el TCA, lo que afectaría su legitimación para accionar judicialmente.
Sin embargo, el Tribunal entendió que Ortuño tenía legitimación activa como miembro del Directorio para promover la demanda y que el proceso cumplía con los requisitos formales necesarios para su consideración.
En cuanto al fondo del asunto, el fallo sostuvo que la resolución impugnada fue adoptada de forma válida conforme al principio de mayoría que rige el funcionamiento del Directorio de OSE, y que no se acreditaron vicios en el procedimiento que habilitaran su anulación. También estableció que los aspectos técnicos y económicos del proyecto exceden el objeto de una contienda de competencia intraorgánica, que se limita a diferencias no resueltas mediante el procedimiento regular de toma de decisiones dentro de los entes colegiados.
"El debate se resolvió mediante votación y fue adoptada una decisión por mayoría. Eso cierra la discusión interna", concluyó el Tribunal.
El fallo no impone condena procesal especial y fija los honorarios para ambas partes en $50.500. Además, intima a la parte actora a retirar la documentación presentada en un plazo de 60 días, bajo apercibimiento de destrucción.
El proyecto Neptuno, impulsado como iniciativa privada, ha sido uno de los temas más debatidos en materia de infraestructura hídrica. Desde su anuncio, ha generado diferencias entre autoridades y sectores políticos respecto a su viabilidad, costos y modelo de gestión. Con este fallo, la Justicia administrativa avala el camino adoptado por OSE para avanzar en su implementación.