proyecto upmProyecto UPM: ahora, la soberbia

A quienes sumieron al país en tantos pozos ciegos cabría exigírseles que, interpretando el artículo 25 de la Constitución, constituyan hoy una garantía personal sobre sus activos

Si de algo ha servido el ejercicio de descaro que le inflingiera al país la comparecencia de cinco ministros ante el Senado a fin de comentar los alcances del acuerdo firmado con la empresa UPM es para hacernos repensar la conveniencia ya no del texto, sino de la propuesta inversión, en estos términos.

 

Los ministros, integrantes del elenco que por estos días nos está regalando el multimillonario embargo de activos de Gas Sayago SA por parte de la compañía OAS, y el que en semanas nos meterá en un multimillonario juicio arbitral que Abengoa iniciará contra Alur SA, han vuelto a sus andadas: la zonza suficiencia y “canchereo” en boca de artistas del fracaso.

Reiteraron en el hemiciclo la afirmación contenida en el documento en cuanto a que la tercera planta de celulosa generaría 4.000 puestos de trabajo “directos, durante su fase de operación”, en adición a los miles que insumiría su construcción.

¿Quién puede creer en ello? Menos de 800 son los puestos de trabajo permanentes generados por la otra planta de UPM, y la nueva se presenta como más tecnológicamente avanzada. ¿Dónde están los miles de empleos que inflan el PIB de Colonia y Río Negro como prometen los artículos 2.3.5 y 2.3.6 del acuerdo? ¿En el hotel de Conchillas?

A quienes, por tanto, sumieron al país en tantos pozos ciegos cabría exigírseles que, interpretando el artículo 25 de la Constitución respecto a la responsabilidad de los funcionarios por el daño que inflinge su gestión, constituyan hoy una garantía personal sobre sus activos y en relación con esta promesa, que tan en el aire luce como una pompa de jabón.

¿Qué decir del desparpajo de atribuirle a la oposición el poner el foco en “discusiones secundarias que quieren distraer el centro de los grandes beneficios”, cuando quien levanta el cargo lo hace perorando sobre los ventajosos términos en los cuales se pactaría la compra de energía generada por la proyectada planta?

Se les debe replicar lo obvio: la energía que forzosamente genere el proceso de producción de celulosa no es, ni de cerca, un tema central a la inversión, ni de incumbencia del Eestado uruguayo. UPM no tiene más remedio que generarla, por lo que no podría ni debería ser objeto de otro tratamiento que el de una oferta de compra a precio tomador, cuando llegue el momento. Si es que no quieren llevársela a Finlandia.

¿O qué comentar sobre las expresiones del ministro de Transporte, presuntuosamente calificando el desempeño de los senadores, mientras interpretaba el papel de víctima de quienes calificaran como “entreguista” el acuerdo?

Estas gracias para la platea, empero, dejan sin responder otros múltiples errores del texto pactado, de incumbencia de su cartera: no, por cierto, inspiradas en el entreguismo sino en la inepcia.

¿Por qué razón se le otorgará, y por tres años, la condición de usuario de zona franca a las empresas constructoras intervinientes, en lugar de otorgarles un razonable crédito equivalente al IVA por el monto de sus trabajos? ¿Por qué razón se extiende en tiempo a UPM Fray Bentos y sus satélites la condición de usuarios de zona franca a fin de acompasarlos a los plazos del nuevo proyecto?

¿Se quiere simplificar la tarea del contador?

¿Por qué se prevé en el artículo 3.1.1.(d), el monto del canon anual a pagar a partir de... ¡2034!, y sobre la base de una extensión de autorización para operar que ya se da por aprobada en 2017? ¿Por qué se imponen peajes a sectores no vinculados al proyecto?

En otra circunstancia, ¿cómo hubiera calificado el ministro el compromiso estatal de otorgar un crédito por el IVA de la construcción del paso de acceso a la proyectada planta, escrupulosamente consignado en este acuerdo general en el artículo 3.1.2.(a), aunque sorprendentemente se omita afirmar lo que rezamos porque sea obvio: que esta obra pública sería emprendida a costa de UPM?

El grupo oficial que improvisara una conferencia de prensa en horario televisivo resultó, entre tanta loa a sus habilidades, parco a la hora de aclarar otros temas: la inclusión en las exoneraciones de las sociedades uruguayas que participan del emprendimiento de UPM, o los llamados “Acuerdos de Precios Anticipados”… una operativa que merece ser escudriñada por los medios de comunicación, y sobre la que nada se ha escrito.

¿Qué podríamos decir del artículo 3.2.2 (e), en cuyo último párrafo descubrimos que el Estado uruguayo acepta tramitar la autorización ambiental para el llamado “Proyecto Químico” en forma separada, y en beneficio de la que ya se anticipa será otra entidad, independiente de UPM? Qué precavida profesión de fe en las buenas prácticas ecológicas.

La lectura, en suma, de este acuerdo, en el que tantos temas son incluidos pese a su carácter general (o a no ser contrato alguno: el consenso sobre la invalidez de contratos cuya ejecución queda librada al arbitrio de uno de los contratantes nació en la antigua Roma, y el frenteamplismo aún no lo ha destruido) no explica, y menos justifica, el arrogante tono del equipo gubernamental.

Afirme lo que afirme el ministro del ramo, lo cierto es que el proyectado ferrocarril sería construido y mantenido por el Estado, pese a lo cual el acceso ferroviario será de resorte y soberanía exclusiva de UPM las 24 horas del día en 365 días del año (artículo 3.3.11)… sin fecha de expiración.

Esta nota interpretativa es la que permite tararear la melodía del acuerdo que tanto orgullo despierta en el desnorteado gobierno: es la que lo lleva a comprometerse a que, en caso de no estar construido aún el viaducto de cruce de la rambla portuaria, el transporte de UPM tenga prelación sobre cualquier otro transporte en esa área; es la que lleva al mismo gobierno a prever renovaciones viales aptas para camiones semirremolques de 48 toneladas… ¡cuando la normativa Mercosur, que divulga la Dirección de Transporte del MTOP en sus boletines técnicos establece máximos de 45!

Y esta nota interpretativa es, por tanto, la que debemos emplear ante la enormidad, expresada por el animado grupo oficialista, en cuanto a que “UPM acepta el derecho de huelga como derecho de los trabajadores. Acepta la ocupación. Acepta el piquete”.

Vaya tontería: UPM “acepta” el orden jurídico vigente, como usted pagar IRPF.

Pero, además, tergiversa lo convenido. Porque la única mención que el acuerdo incluye a conflictos laborales como el señalado es la que se incluye en la planilla de condiciones necesarias de la fase 3 del proyecto, en donde se anota que el Estado uruguayo debería “emitir la regulación de prevención de conflictos, ocupacional y piquetes antes de la Fecha DFI (de decisión final de inversión)”.

Pese a la deplorable redacción de que hace gala al igual que el resto del texto, esta anotación es clara: en esa fase del proyecto, la administración deberá regular los mecanismos de prevención de conflictos, entre los que destacan las ocupaciones (mal generalizadas aquí como “ocupacional”), así como los piquetes.

UPM, por tanto, los “acepta”, como lo hace con la lluvia y la enfermedad, pero el gobierno que hoy dice que los bendice tendrá que reglamentarlos, si es que quiere que UPM se avenga, de acuerdo a su arbitrio, a realizar la inversión. O no... Veremos...

Diario EL OBSERVADOR -  Montevideo -  URUGUAY -  02 diciembre 2017